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Notificación de Prácticas relacionadas con la Privacidad – Folleto para el paciente (pdf document)
Política conforme a la HIPAA referida a la Autorización del Paciente para la Revelación de Información (pdf document)
Formulario de Autorización del Paciente (pdf document)
La presente Notificación describe las prácticas de privacidad del Massachusetts Eye and Ear Infirmary (MEEI), de su equipo médico, Massachusetts Eye and Ear Associates, Inc. (MEEA), y de sus médicos, enfermeros y demás personal. A los efectos de la Norma Federal sobre Privacidad y la presente Notificación, el MEEI y MEEA constituyen un único ente afiliado sujeto a dichas disposiciones.
La ley nos exige resguardar la privacidad de su información médica (“Información Médica Protegida” o “PHI”) y entregarle la presente Notificación acerca de nuestros deberes legales y prácticas de privacidad respecto de su Información Médica Protegida. Cuando usemos o revelemos su Información Médica Protegida, deberemos atenernos a los términos de esta Notificación (u otra en vigencia al momento de utilización o revelación de la información).
En determinados casos, que describiremos en las Secciones 4 y 5, debemos obtener su consentimiento por escrito o su autorización para poder usar o revelar su Información Médica Protegida. Sin embargo, no necesitamos ningún tipo de consentimiento ni autorización de su parte en los siguientes casos:
Podemos utilizar (aunque no revelar a un tercero) su PHI para darle tratamiento, obtener el pago por los servicios prestados y llevar a cabo nuestras “operaciones relacionadas con la atención médica” según se detalla a continuación:
Podemos incluir su nombre, su ubicación en el Hospital, su estado general de salud y su religión en un directorio de pacientes sin haber obtenido su consentimiento escrito ni su autorización, a menos que objete su inclusión en el directorio. Su ubicación no se incluirá en el directorio si se encuentra en un área o unidad específica por la que pudiera saberse cuál es su enfermedad o tratamiento. La información que consta en el directorio puede revelarse a toda persona que pregunte por usted dando su nombre o a miembros del clero, con la salvedad de que su elección religiosa sólo le será revelada a éstos últimos.
Podemos revelar su PHI, con excepción de la Información Altamente Confidencial (descrita abajo en la Sección 4.B), a un miembro de su familia, a otro pariente, a un amigo personal o a cualquier otra persona que usted identifique en su presencia en el momento de la revelación o haya identificado con anterioridad por otro medio y respecto de la cual no haya opuesto ninguna objeción una vez ofrecida la oportunidad de hacerlo. También podemos revelar su PHI a estas personas mediante un acuerdo de palabra o su consentimiento escrito.
Si se halla incapacitado o en un caso de emergencia, podremos recurrir a nuestro criterio profesional para determinar si es conveniente para usted que revelemos la información. En caso de revelar información a un miembro de su familia, a otro pariente o a un amigo personal, sólo revelaremos los datos que consideremos relevantes de acuerdo con el grado de participación de esa persona en su atención médica o en el pago de la atención. Asimismo, podemos revelar su PHI a fin de notificar (o ayudar a notificar) a dichas personas acerca de su ubicación, su estado general o su fallecimiento.
Podemos contactarlo a fin de solicitarle una contribución deducible de sus impuestos destinada a apoyar actividades importantes del Hospital. Con este fin, podremos revelarle a nuestro personal de colectas, sin su consentimiento escrito ni su autorización, sus datos personales (como nombre, domicilio y teléfono) y las fechas en las que recibió atención médica. Si desea hacer una contribución deducible de sus impuestos ahora o no quiere que lo contacten para la recaudación de fondos en el futuro, puede comunicarse con nuestra Oficina de Desarrollo al 617-573-3345.
Podemos revelar su PHI para las siguientes actividades de salud pública: (1) dar información sanitaria a las autoridades de salud pública a los efectos de prevenir o controlar enfermedades, lesiones o discapacidades; (2) denunciar casos de abuso y abandono de menores, abuso de ancianos y abuso de discapacitados ante las autoridades de salud pública u otras autoridades gubernamentales autorizadas por la ley a recibir estas denuncias; (3) dar información sobre productos y servicios bajo la jurisdicción de la Administración de Fármacos y Alimentos de los EE.UU. (FDA); (4) en caso de que sepamos o tengamos razones para creer que usted ha contraído una enfermedad venérea, alertar a su novio o novia (en caso de estar comprometido) o a su cónyuge (si está casado) o a su padre, madre o tutor (en caso de ser menor, a menos que como menor haya recurrido a nosotros en busca de un tratamiento para dicha enfermedad venérea); (5) dar información a su aseguradora o a la División de Accidentes Laborales de Massachusetts según lo establecen las leyes que rigen las enfermedades y lesiones laborales o la vigilancia médica en el lugar de trabajo; (6) dar información relacionada con el nacimiento y posterior salud de un niño a los organismos de gobierno del estado según lo establece la ley; y (7) asentar certificados de defunción y comunicar las muertes fetales.
Podemos revelar su PHI a organismos de supervisión de la salud encargados de supervisar el sistema sanitario o los programas de prestaciones del gobierno (como Medicare o Medicaid).
Podemos revelar su PHI en el curso de un procedimiento judicial o administrativo en respuesta a una orden legal u otro proceso legal.
Podemos revelar su PHI a la policía o a otros funcionarios del orden público según lo exige o permite la ley o en cumplimiento de una orden judicial, una citación administrativa o una orden de comparecencia ante un gran jurado.
Podemos revelar su PHI a un médico forense o perito médico según lo autoriza la ley.
Si usted es donante de órganos, podemos revelar su PHI a bancos de órganos, ojos y tejidos u organizaciones que facilitan su obtención o trasplante.
Podemos usar o revelar su PHI a los efectos de una investigación sin su consentimiento ni su autorización si nuestro Comité de Revisión Institucional aprueba dejar sin efecto el requisito de autorización para dicha utilización o revelación. Asimismo, nuestro personal clínico, empleados o grupos de trabajo pueden revisar determinados elementos de su PHI para determinar su potencial participación en uno o más estudios clínicos. Nosotros, por nuestra parte, podemos contactarlo telefónicamente para establecer si desea participar.
Podemos utilizar o revelar su PHI para prevenir o atenuar un peligro grave para usted u otras personas.
Podemos utilizar y revelar su PHI ante dependencias del gobierno con funciones especiales, como el Ejército de los EE.UU. o el Departamento de Estado de los EE.UU., bajo determinadas circunstancias.
Podemos revelar PHI cuando sea necesario para comunicar los hallazgos de un examen solicitado por un tribunal o una institución penitenciaria.
Podemos utilizar y revelar su PHI cuando así lo requiera cualquier otra ley no citada en las categorías precedentes..
Con su consentimiento escrito, u otro medio de acuerdo con lo permitido por la ley de Massachusetts, y en conformidad con la práctica previa del MEEI/MEEA, podemos revelar PHI para darle tratamiento, obtener el pago por los servicios prestados y llevar a cabo nuestras operaciones relacionadas con la atención médica según se detalla a continuación:
Si usted es menor emancipado, hay determinada información relacionada con su tratamiento o diagnóstico que no se revelará a sus padres ni a su tutor sin su consentimiento. Sin embargo, no se requiere su consentimiento si el médico tiene razones para creer que su enfermedad es muy grave y que su vida o una de sus extremidades corren peligro. En estos casos, podremos notificar sobre su estado a sus padres o a su tutor legal y a usted lo pondremos al tanto de la notificación.
Por favor, tenga en cuenta que si usted es el padre, la madre o el tutor legal de un menor emancipado, se le puede denegar el acceso a determinadas secciones de la historia clínica del menor emancipado (e incluso, en ciertos casos, a la historia clínica en su totalidad).
Para cualquier otro fin, fuera de los descritos arriba en la Sección 3 (para los que no se requiere consentimiento ni autorización) y la Sección 4 (para los que sí se requiere su consentimiento), sólo podremos utilizar o revelar su PHI si nos otorga una autorización escrita en nuestro formulario de autorización ("Su Autorización") (el formulario de autorización es similar al formulario de consentimiento, sólo que es más detallado y específico que el formulario de consentimiento general). Por ejemplo, deberá firmar un formulario de autorización antes de que podamos enviar su PHI a la compañía de su seguro de vida. En ciertos casos, es posible que también necesitemos Su Autorización para utilizar o revelar notas de psicoterapia incluidas en su historia clínica, si hubiera.
También deberemos obtener su autorización escrita antes de usar su PHI para enviarle material de mercadeo (“Su Autorización para Mercadeo”). Sin embargo, podemos utilizar (aunque no revelar a un tercero) su PHI para entregarle material de mercadeo durante un encuentro personal sin obtener la autorización correspondiente. También, se nos permite utilizar (aunque no revelar a un tercero) su PHI para entregarle un regalo promocional de valor nominal, si así lo decidiéramos, sin obtener Su Autorización para Mercadeo. Asimismo, podemos utilizar (aunque no revelar a un tercero) su PHI para darle información acerca de productos o servicios relacionados con su tratamiento, la gestión del caso o la coordinación de la atención, o sobre tratamientos, terapias, proveedores o centros de atención alternativos sin Su Autorización para Mercadeo. Podemos usar su PHI para identificar servicios y productos para la salud que puedan resultarle beneficiosos y entonces contactarlo para darle información acerca de esos servicios y productos.
Las leyes federales y del estado exigen protecciones especiales de su intimidad respecto de determinada información altamente confidencial (“Información Altamente Confidencial”) que comprende: (1) su condición de paciente con VIH / SIDA; (2) información acerca de pruebas genéticas; (3) comunicaciones confidenciales con un psicoterapeuta, un psicólogo, un asistente social, un profesional relacionado con la salud mental o un profesional de servicios humanos; (4) información sobre tratamiento o rehabilitación de adicciones (alcoholismo o drogadicción); (5) información sobre enfermedades venéreas; (6) servicios de planificación familiar; (7) registros de programas comunitarios de salud mental; e (8) investigaciones relacionadas con sustancias controladas. Para poder revelar su Información Altamente Confidencial, debemos obtener su autorización expresa por separado, a menos que la ley nos permita revelar esa información por algún otro medio.
Si desea más información sobre sus derechos a la intimidad, está preocupado porque cree que hemos violado sus derechos a la intimidad o está en desacuerdo con alguna decisión que hayamos tomado respecto del acceso a su PHI, puede comunicarse con nuestra Oficina de Protección de la Privacidad. También, puede presentar reclamaciones por escrito ante el Director de la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EE.UU. Puede pedir la dirección correcta del Director en la Oficina de Protección de la Privacidad. No tomaremos represalias contra usted por haber presentado una denuncia ante nosotros o ante el Director.
Usted puede solicitar restricciones en cuanto al modo con que utilicemos y revelemos su PHI: (1) en lo concerniente al tratamiento, al pago y a operaciones relacionadas con la atención médica, (2) respecto de personas (como miembros de la familia, otros parientes, amigos personales o cualquier otra persona que usted identifique) involucradas en su atención o en el pago de la atención, o (3) en cuanto a notificar o ayudar en la notificación de estas personas acerca de su ubicación y estado general. Si bien analizaremos detenidamente todas las solicitudes de restricciones adicionales, no estamos obligados a concordar con la restricción solicitada. Si desea solicitar restricciones adicionales, por favor pida una solicitud a nuestra Oficina de Protección de la Privacidad y presente el formulario completo ante la oficina mencionada. Le responderemos por escrito.
Usted puede pedir, mediante una solicitud escrita y aduciendo una razón lógica, que le enviemos su PHI a otro lugar o por un medio de comunicación alternativo; nosotros haremos los arreglos necesarios.
Usted puede revocar Su Consentimiento, Su Autorización, Su Autorización para Mercadeo o cualquier autorización escrita otorgada en relación con Información Altamente Confidencial en cualquier momento, excepto en lo que respecta a las medidas ya tomadas en función de ella, mediante el envío de una declaración escrita de revocación a la Oficina de Protección de la Privacidad cuyos datos aparecen abajo. Puede solicitar el formulario de Revocación Escrita a la Oficina de Protección de la Privacidad.
Usted puede solicitar el acceso a su historia clínica y a los registros de facturación en nuestro poder a fin de inspeccionar y pedir copias de dicha información. Sólo en algunos casos, podremos negarle el acceso a alguna parte de sus registros. Si desea acceder a éstos, por favor pida una solicitud de acceso a nuestra Oficina de Protección de la Privacidad y presente el formulario completo ante la oficina mencionada. Si pide una copia, le cobraremos un honorario por gastos a razón de $12 por la primera página y 0,50 centavos por cada página adicional, en concepto de útiles y mano de obra. También le cobraremos el franqueo si solicita que le enviemos las copias por correo.
Tiene derecho a pedir que enmendemos la Información Médica Protegida que consta en su historia clínica o registros de facturación. Si desea enmendar sus registros, por favor pida una solicitud de enmienda a nuestra Oficina de Protección de la Privacidad y presente el formulario completo ante la oficina mencionada. Atenderemos su pedido a menos que consideremos que la información a enmendar es precisa y completa o en caso de aplicarse circunstancias especiales.
Puede solicitar un detalle de algunos de los casos en que hayamos revelado su PHI correspondiente a cualquier período anterior a la fecha de su solicitud, siempre que dicho período no exceda los 6 años y no se aplique a revelaciones ocurridas antes del 14 de abril de 2003. Si solicita más de un detalle en un período de 12 (doce) meses, le cobraremos un honorario por gastos a razón de $12 por la primera página y 0,50 centavos por cada página adicional en concepto de útiles y mano de obra
Puede solicitar una copia impresa de esta Notificación aunque haya acordado recibir una copia electrónica.
La presente Notificación entró en vigencia el 14 de abril de 2003.
Podemos modificar los términos de la presente Notificación en cualquier momento. Si la modificamos, podremos extender la validez de los términos de la nueva notificación a toda la Información Médica Protegida que obra en nuestros registros, lo que incluye toda información reunida o recibida antes de la emisión de la nueva notificación. Si modificamos la presente Notificación, publicaremos la nueva en las salas de espera del MEEI, en sus entidades satélites y en nuestro sitio de Internet, www.meei.harvard.edu. También podrá obtener la nueva Notificación poniéndose en contacto con la Oficina de Protección de la Privacidad.
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